Cambios en el Real Decreto sobre gestión de neumáticos fuera de uso

Ago 13, 2020

Neumáticos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de 7 de agosto ha publicado el Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.

Con el objetivo de realizar una transición del sector hacia un modelo de economía circular, recoge estas modificaciones, entre otras medidas:

  • Prohíbe el depósito en vertederos de los neumáticos de gran tamaño, cuestión hasta el momento permitida. Con ello, todos los neumáticos fuera de uso, a excepción de las ruedas de bicicleta, deberán ser gestionados para su reutilización o valorización.
  • La norma fija como prioridad la reutilización de los neumáticos, concretando las condiciones que deben reunir los neumáticos de segundo uso y los recauchutados para su comercialización. Asimismo, la norma detalla la información que debe suministrarse sobre ellos al consumidor, preferiblemente de forma electrónica.

Responsabilidad ampliada del productor

Con el objeto de incluir en los sistemas de gestión al mayor número de neumáticos usados posible, el Real Decreto amplía las actuales obligaciones de gestión que corresponden a los productores de los neumáticos.

De un lado, la norma establece que los productores quedan obligados a gestionarlos cuantas veces sea necesario hasta su completa valorización, incluyendo la gestión del neumático si vuelve a ser comercializado como producto de segunda mano o recauchutado.

Y, de otro, amplía la definición de productor de neumático a aquellos fabricantes de neumáticos recauchutados en España sobre carcasas importadas y a los importadores de neumáticos de segunda mano o recauchutados, lo que les convierte en sujetos de la responsabilidad ampliada de la gestión de los neumáticos fuera de uso. También tendrán que cumplir con dichas obligaciones los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT) para los neumáticos procedentes de los vehículos para los que no dispongan de justificación de su gestión. Hasta el momento, no estaban sujetos a ella.

Los productores canalizan esta obligación de gestión a través de sistemas colectivos de responsabilidad, que gestionan la recogida y valorización de los neumáticos usados en instalaciones autorizadas. Con el objeto de que el conjunto de los neumáticos fuera de uso sean gestionados, el Real Decreto habilita al MITECO para definir los criterios que permitan la asignación de la responsabilidad que corresponde a cada sistema colectivo de responsabilidad, y a su publicación en la web de los valores correspondientes antes del 15 de marzo de cada año.

En ese sentido, el Ministerio ha trabajado ya con las autoridades competentes y entidades locales permita la propuesta de asignación, en cada comunidad autónoma, de la responsabilidad de recogida y gestión que corresponde anualmente a los sistemas colectivos, de forma que se garantice la recogida de todos los neumáticos generados en España.

Con este segundo conjunto medidas, el Real Decreto busca resolver los problemas de gestión que surgen cuando se sobrepasan las cuotas asignadas a cada sistema colectivo de responsabilidad, debido a la existencia de neumáticos -por ejemplo, los neumáticos preparados para su reutilización-, que hasta ahora no computaban en la responsabilidad de los productores.

Para mejorar la calidad de la información y la transparencia sobre el mercado de neumáticos de reposición, se crea la sección de productores de neumáticos en el Registro de Productores de Productos, donde deberán estar inscritos todos los productores que introducen neumáticos de reposición en el mercado nacional, estableciéndose la información que deben suministrar los productores en el momento de su inscripción y la información que deben comunicar anualmente sobre las cantidades y tipos de neumáticos que introducen en el mercado nacional de reposición.

Puntos limpios y transparencia

El texto también regula el procedimiento excepcional de recogida en los puntos limpios de los neumáticos fuera de uso, así como la relación entre los puntos limpios y productores para costear la recogida y tratamiento de dichos neumáticos, con el fin de resolver problemas operativos que se han registrado en el pasado.

Por último, el Real Decreto mejorará la información de la que se dispone sobre los resultados obtenidos en el tratamiento del residuo a través de un sistema de información sectorial, destinado a dotar de la mayor transparencia al sistema de gestión de los neumáticos fuera de uso.

Esta es la tercera norma que el Gobierno aprueba en cumplimiento de la Estrategia Española de Economía Circular, tras la aprobación del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, y el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Asimismo, el Gobierno continúa con la tramitación del Anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, cuyo periodo de información pública concluyó el pasado 3 de julio.

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