Real Decreto por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero

Jul 16, 2020

Desde la Asociación de Gestores Ambientales de Albacete (AGESAM), integrada en FEDA, te informamos de la publicación en el BOE del Real Decreto 646/2020 por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, sustituyendo al aprobado en el año 2001 y que supone una revisión de todas las revisiones normativas realizadas durante estos años.

Recoge las siguientes modificaciones, como más relevantes:

a) Reforzar la obligación de tratamiento previo de los residuos, especificando el alcance para residuos municipales y establecer criterios que permitan valorar la eficiencia del tratamiento previo de los mismos (posterior desarrollo mediante orden ministerial).

b) Objetivos de reducción del vertido de residuos municipales que se establecen en la Directiva (UE) 2018/850, que será inferior al 10% del total de residuos municipales producidos para el 1 de enero de 2035.

c) Prever la elaboración de una relación de residuos que no se aceptarán en vertedero por tratarse de residuos aptos para el reciclado u otro tipo de valorización (orden ministerial antes del año 2023).

d) Incorporar la prohibición de diluir o mezclar residuos.

e) Exigir al productor de residuos la obligación de suministrar a la entidad explotadora del vertedero información adecuada sobre los residuos, así como sobre el tratamiento previo a que han sido sometidos.

f) Establecer las normas de cálculo de los objetivos de vertido. Anexo: reglas de cálculo, mecanismos de control de la calidad y trazabilidad de los datos.

g) Fijar adecuadamente el régimen de los costes de vertido, contabilizando la totalidad de los costes directos, indirectos y aquellos que se puedan producir en el dilatado periodo de tiempo postclausura. Dentro de los costes indirectos, se han contabilizado aquellos ligados a la emisión de gases de efecto invernadero procedentes de los vertederos (anexo específico).

h) Establecer la utilización por parte de las administraciones competentes de los instrumentos económicos para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos y la promoción de la economía circular. Las cantidades que se recauden con cargo a dichos instrumentos económicos tendrán un carácter finalista.

i) Eliminar la posibilidad de devoluciones anticipadas de fianzas o garantías financieras con las que hacer frente a los costes de vigilancia y mantenimiento en el periodo postclausura.

j) Reforzar el régimen de las inspecciones periódicas de las instalaciones de vertido por parte de las autoridades competentes (anexo específico con el alcance y la periodicidad mínimos). 

k) Los vertederos existentes deberán solicitar la revisión de la autorización antes del 9 de julio de 2021.

¡Descarga el documento completo!

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